
La Diputación de Granada ha puesto en marcha una nueva línea de subvenciones dirigida a mujeres que desarrollen una actividad económica por cuenta propia en municipios de la provincia con menos de 5.000 habitantes. El objetivo de esta iniciativa es apoyar la consolidación del emprendimiento femenino en el ámbito rural y contribuir al mantenimiento de su actividad económica.
Entre los requisitos exigidos, las solicitantes deberán estar empadronadas en el municipio en el que ejercen su actividad, tener allí también su domicilio fiscal y su establecimiento, además de estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una mutua de previsión social alternativa. Asimismo, deberán mantener su actividad ininterrumpidamente desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2025.
Quedan excluidas de esta convocatoria aquellas empresarias que desarrollen su actividad exclusivamente online o mediante teleasistencia, así como las que hayan constituido sociedades mercantiles, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes deben entregarse en el Ayuntamiento, que actuará como entidad colaboradora. El plazo de presentación será del 1 al 11 de julio de 2025.
Las interesadas deberán presentar, debidamente cumplimentados, los anexos I y II (solicitud, proyecto de gastos y declaración responsable), así como la documentación acreditativa de los requisitos: DNI o NIE, certificado de empadronamiento, certificado de situación censal expedido por la Agencia Tributaria, vida laboral y certificado de titularidad bancaria. Además, deberán adjuntar el anexo III con la relación de gastos, incluyendo las facturas y sus justificantes de pago. Los ayuntamientos deberán cumplimentar los anexos II y V antes de remitir toda la documentación a la Diputación a través de su sede electrónica.
Gastos subvencionables
La ayuda contempla la justificación de gastos corrientes realizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025, tales como alquiler del local, suministros básicos (agua y luz), cuotas de autónoma, asesoría jurídica y contable, así como otros gastos directamente relacionados con la actividad económica.
No serán subvencionables los gastos en telefonía e internet, inversiones en equipos o mobiliario, pagos de préstamos o sanciones, ni tributos o costes judiciales. El importe máximo a justificar es de 1.200 euros, con un mínimo garantizado de 600 euros.
Todas las facturas deberán estar a nombre de la empresaria y acompañadas del justificante de pago. En caso de pagos realizados en efectivo, deberá quedar reflejado en la factura con sello de la empresa y la firma de la beneficiaria.
+INFO
Centro de Información a la Mujer
Tel: 672480106
Email: centromujer@alhama.org
CADE
Tel: 671532362
Email: cade.alhamadegranada@andaluciaemprende.es