
La normativa vigente en Andalucía establece una serie de excepciones al cierre total de las actividades en los municipios con una tasa de contagio superior a los 1.000 casos por cada 100.000 habitantes.
LISTADO DE ACTIVIDADES CONSIDERADAS COMO ESENCIALES
- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Servicios sociales y sociosanitarios.
- Farmacias y Parafarmacias.
- Centros o clínicas veterinarias.
- Mercados de abastos.
- Ópticas y productos ortopédicos.
- Productos higiénicos.
- Servicios profesionales y financieros.
- Prensa, librería y papelería.
- Floristería.
- Venta de combustible.
- Talleres mecánicos.
- Servicios de reparación y material de construcción.
- Ferreterías.
- Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
- Estancos.
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones.
- Alimentos para animales de compañía.
- Servicios de entrega a domicilio.
- Tintorerías.
- Lavanderías.
- Peluquerías.
- Mercadillos.
- Instalaciones deportivas: Sólo pueden abrir aquellas en las que se celebren competiciones deportivas oficiales o no a partir de los 16 años.
- Hostelería: las únicas excepciones para su apertura son:
- Servicios de entrega a domicilio.
- Recogida de comida de carácter social o benéfico.
- Restaurantes de los establecimientos de alojamientos turísticos para uso exclusivo de sus clientes.
- Los integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales.
- Comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
- Servicios de restauración de centros de formación y de los centros de trabajo destinados a las trabajadores.
- Los ubicados en centros de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada para posibilitar la actividad profesional de conducción.
- Las peñas, asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares sólo podrán abrir para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
- Los mercadillos sólo los productos que puedan adquirirse en los establecimientos comerciales que puedan abrir al público